27 | 05 | 2019

Cuando hay una contratación de bienes y servicios mediante una plataforma digital debemos plantearnos quién lo está ofreciendo, ya que si se trata de un particular no seremos considerados consumidores y, en cambio, si se trata de un profesional sí . La diferencia de esta consideración reside en que las personas consumidoras tienen por el hecho de serlo ciertos derechos, y por tanto el proveedor de los bienes o servicios unas obligaciones, como por ejemplo el derecho de desistimiento o la garantía. El papel que juega la plataforma también será importante para determinar si está obligada o no como intermediaria que es cumplir con los deberes y responsabilidades que se le impone desde el derecho del consumo o no. Así, si se trata de una plataforma que hace un alojamiento pasivo de ofertas ésta no será responsable ahora bien, si detecta contenidos ilícitos deberá retirarlos tan pronto como sea posible. De otro modo, si la plataforma es quien hace el emparejamiento proactivo de oferta y demanda será responsable promoviendo la realización efectiva de la transacción comercial. Si la plataforma impone condiciones relativas a la prestación y tiene una influencia decisiva en el contenido de la oferta, será totalmente responsable si se incumple con la prestación de servicio.

En definitiva, nuestros derechos como consumidores y la responsabilidad sobre estos dependerá del tipo de agentes que intervengan en la relación contractual y el papel que desarrollen en la misma.

Para más información sobre el consumo de las plataformas digitales, el Ayuntamiento de Barcelona ha elaborado una Guía técnica de consumo para el uso de ellos plataformas digitales, en la que hemos podido colaborar.